Accesibilidad del software
MedCalc Software se compromete a ofrecer productos y servicios de alta calidad que sean útiles y accesibles para todos los usuarios potenciales, incluidas las personas con discapacidad. Por ello, apoyamos los objetivos de la Sección 508 de la Ley de Rehabilitación de EE. UU.
La Sección 508 de dicha ley establece estándares para los desarrolladores de software, de modo que los usuarios con discapacidad puedan utilizar el software de forma comparable a la de las personas sin discapacidad. MedCalc Software se compromete a cumplir con estos estándares.
Normas de la Sección 508
Subparte B – Normas técnicas
§ 1194.21 Aplicaciones de software y sistemas operativos
(a) | Cuando el software está diseñado para ejecutarse en un sistema que tiene un teclado, las funciones del producto deberán ser ejecutables desde un teclado en el que la función en sí o el resultado de realizar una función pueda discernirse textualmente. | |
(b) | Las aplicaciones no deben interrumpir ni deshabilitar las funciones activadas de otros productos identificadas como funciones de accesibilidad, siempre que dichas funciones se desarrollen y documenten de acuerdo con los estándares del sector. Tampoco deben interrumpir ni deshabilitar las funciones activadas de ningún sistema operativo identificado como función de accesibilidad, cuya interfaz de programación de aplicaciones (APP) para dichas funciones haya sido documentada por el fabricante del sistema operativo y esté disponible para el desarrollador del producto. | |
(c) | Se proporcionará una indicación en pantalla bien definida del enfoque actual, que se desplazará entre los elementos interactivos de la interfaz a medida que cambia el enfoque de entrada. El enfoque se mostrará programáticamente para que la tecnología de asistencia pueda rastrear el enfoque y sus cambios. | |
(d) | La tecnología de asistencia debe disponer de suficiente información sobre un elemento de la interfaz de usuario, incluyendo su identidad, funcionamiento y estado. Cuando una imagen represente un elemento del programa, la información que transmite también debe estar disponible en texto. | |
(e) | Cuando se utilizan imágenes de mapa de bits para identificar controles, indicadores de estado u otros elementos programáticos, el significado asignado a esas imágenes deberá ser consistente durante todo el rendimiento de una aplicación. | |
(f) | La información textual se proporcionará mediante las funciones del sistema operativo para la visualización de texto. La información mínima disponible es el contenido del texto, la ubicación del cursor de entrada y los atributos del texto. | |
(g) | Las aplicaciones no deberán anular las selecciones de contraste y color seleccionadas por el usuario ni otros atributos de visualización individuales. | |
(h) | Cuando se muestra una animación, la información deberá poder visualizarse en al menos un modo de presentación no animado a opción del usuario. | |
(i) | La codificación de colores no deberá utilizarse como único medio para transmitir información, indicar una acción, provocar una respuesta o distinguir un elemento visual. | |
(j) | Cuando un producto permite al usuario ajustar la configuración de color y contraste, se deberá proporcionar una variedad de selecciones de colores capaces de producir un rango de niveles de contraste. | |
(k) | El software no deberá utilizar texto, objetos u otros elementos parpadeantes o intermitentes cuya frecuencia de parpadeo o destello sea mayor a 2 Hz e inferior a 55 Hz. | |
(l) | Cuando se utilicen formularios electrónicos, el formulario deberá permitir que las personas que utilicen tecnología de asistencia accedan a la información, los elementos de campo y la funcionalidad necesarios para completar y enviar el formulario, incluidas todas las instrucciones y señales. |
Algunos problemas de accesibilidad | |
Cumplimiento total |
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